REGLAMENTO DE PRESTAMOS
Articulo 1º: El presente reglamento tiene por objeto establecer los requisitos, procedimientos, modalidades, etc. Para el otorgamiento de préstamos a los Ingenieros matriculados y regirá a partir del tres de setiembre de mil novecientos noventa y seis.
REQUISITOS PARA SOLICITARLO
Artículo 2º: Para estar en condiciones de solicitar un préstamo es indispensable:
a) Estar al día con el pago del Derecho Anual de Matrícula.
b) Ejercer la profesión de Ingeniero en el territorio de la Provincia de Jujuy en forma permanente y tener una antigüedad mínima de un (1) año como matriculado
c) No tener deudas con el Colegio y no registrar morosidad reiterada en los compromisos contraidos con el C.I.J. y en el pago de la matrícula.
d) Haber cancelado en su totalidad préstamos anteriores.
e) Presentar recibo de sueldo o declaración de Impuesto a las Ganancias según corresponda del solicitante y garante.
PROCEDIMIENTO
Artículo 3º: Los préstamos se otorgarán mensualmente de acuerdo a las disponibilidades del Fondo de Prestamos que se crea por esta reglamentación y según el número de orden asignado.
Artículo 4º: Las solicitudes se receptarán hasta el día veinte de cada mes, o si fuera feriado hasta el primer día hábil posterior, dejando constancia del número de orden.
MODALIDAD DEL PRESTAMO
Artículo 5º: Se establece como monto tope de cada préstamo la suma de dos mil dólares estadounidenses (U$S 2.000) o su equivalente en pesos. El préstamo será devuelto en la misma moneda en que fue otorgado
Artículo 6º: La amortización del mismo podrá realizarse hasta en doce (12) cuotas mensuales iguales en billetes de la moneda estadounidense o su equivalente en pesos sin intereses. En todos los casos la suma equivalente en pesos del monto de la cuota no deberá ser superior al 30% de los ingresos totales del solicitante.
Artículo 7º: Para el otorgamiento del préstamo es indispensable la presentación de un garante cuyos ingresos totales deben cumplir el requisito de que el monto de la cuota del préstamo no debe superar al 30% de dicho ingreso
Artículo 8º: Fíjase los días diez de cada mes como fecha de vencimiento para el pago de las cuotas de amortización del préstamo.
Artículo 9º: Se establece como interés punitorio por mora el 10% mensual aplicado al monto de la cuota vencida.
Artículo 10º: Ante el incumplimiento de pago de dos (2) cuotas consecutivas se comunicará y exigirá el pago al Garante.
Artículo 11º: Créase un Fondo Único con destino al otorgamiento de prestamos a matriculados consistente en la suma de seis mil dólares estadounidenses (U$S 6.000) o su equivalente en pesos.
PRIORIDADES
Artículo 12º: Tendrán prioridad para su otorgamiento los prestamos destinados a cubrir gastos de capacitación en áreas de la Ingeniería. Salvada esta prioridad los prestamos se otorgarán de acuerdo al Nº de orden de la solicitud.
Formulario de Solicitud de Prestamos
La solicitud de prestamos personales se realiza presentando el formulario de solicitud de prestamo.
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